Seguridad social · Costo patronal

Cuota patronal de cesantía y vejez rumbo a 2030: cuánto sube tu costo laboral

Por Act. Francisco Javier Ruiz de la Peña Olea · Cédula 9748888 · 16 de septiembre de 2026 · 9 min de lectura

Hay un renglón del costo laboral que sube solo, sin que nadie en la empresa lo negocie: la cuota patronal de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. Desde 2023 y hasta 2030 crece cada primero de enero por mandato de ley, y en los salarios altos casi se cuadruplica respecto de la tasa original. Para un director de finanzas eso son dos cosas distintas: un presupuesto de nómina que se mueve por sí mismo durante siete ejercicios, y una pregunta que casi nadie se está haciendo, que es qué le pasa al plan de pensiones privado de la empresa mientras el beneficio del IMSS mejora.

Qué cambió y por qué sigue cambiando

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2020 reformó la Ley del Seguro Social y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Su pieza central es que la aportación total a la cuenta individual sube de 6.5% a 15% del salario base de cotización (SBC), y que prácticamente todo ese incremento lo absorbe el patrón. La cuota del trabajador se quedó fija en 1.125%, y la cuota social del gobierno se reenfocó hacia quienes ganan hasta 4 UMA, con un tramo puente de 4.01 a 7.09 UMA que operó únicamente durante 2023.

La mecánica importa: la cuota patronal de Cesantía y Vejez dejó de ser una tasa única de 3.150% del SBC y se convirtió en una tabla por rango salarial, expresada en UMA, que se incrementa todos los años entre 2023 y 2030. Sumando el 2% de Retiro, que no cambió, la aportación patronal de RCV pasa de 5.15% a un rango que va de 6.202% a 13.875% según el nivel de sueldo. Es decir, el costo ya no depende solo de cuánto pagas, sino de cómo está distribuida tu plantilla por nivel salarial.

La tabla que debe estar en el presupuesto

Estas son las tasas patronales de Cesantía y Vejez aplicables en 2026 y las que quedarán fijas a partir de 2030, sobre el SBC:

Rango de salario base de cotizaciónCuota patronal 2026Cuota patronal 2030Incremento pendiente
1.00 salario mínimo3.150%3.150%Sin cambio
1.01 SM a 1.50 UMA3.676%4.202%+0.526 pp
1.51 a 2.00 UMA4.851%6.552%+1.701 pp
2.01 a 2.50 UMA5.556%7.962%+2.406 pp
2.51 a 3.00 UMA6.026%8.902%+2.876 pp
3.01 a 3.50 UMA6.361%9.573%+3.212 pp
3.51 a 4.00 UMA6.613%10.077%+3.464 pp
4.01 UMA en adelante7.513%11.875%+4.362 pp

El trabajador sigue aportando 1.125% en todos los rangos. Y conviene recordar que el SBC tiene tope de 25 UMA (artículo 28 de la LSS), de modo que el costo por empleado se detiene ahí, no crece indefinidamente con el sueldo.

Cuánto cuesta esto en pesos por empleado

Con la UMA diaria de 117.31 pesos vigente desde el 1 de febrero de 2026, y suponiendo 365 días cotizados y salarios constantes en términos reales, el costo patronal anual de Cesantía y Vejez por empleado se ve así:

Nivel de SBCCosto anual 2026Costo anual 2030Incremento
2 UMA$4,154$5,611+35%
3 UMA$7,741$11,435+48%
5 UMA$16,085$25,423+58%
10 UMA$32,169$50,847+58%
25 UMA (tope)$80,423$127,116+58%
Una plantilla de 200 empleados con SBC promedio de 5 UMA carga hoy unos 3.2 millones de pesos anuales por Cesantía y Vejez, y cargará alrededor de 5.1 millones cuando la tabla termine de subir. Ese diferencial de 1.9 millones no aparece en ninguna negociación salarial: llega por ley.

Lo primero que hay que aclarar: esto no crea pasivo laboral

En cuanto un contralor ve la palabra pensiones se pregunta si tiene que reservar algo. No. Las cuotas al IMSS son aportaciones a un plan del Estado de contribución definida: la obligación de la empresa se agota al pagar la cuota del periodo. Se reconocen como gasto conforme se devengan y no generan obligación por beneficios definidos, ni costo neto del periodo, ni remediciones en ORI. La diferencia entre un esquema de contribución definida y uno de beneficio definido es exactamente lo que decide si existe pasivo, y está desarrollada en la guía de beneficios definidos contra contribución definida.

Dicho de otro modo: el alza de la cuota patronal golpea el estado de resultados y el flujo, no el balance por beneficios a empleados. Tu obligación bajo NIF D-3 sigue naciendo de la prima de antigüedad, la indemnización legal y, si existe, el plan privado de la compañía.

Dónde sí toca la valuación actuarial

Hay tres puntos donde la reforma entra de lleno en el estudio actuarial y donde, en la práctica, veo valuaciones que se quedaron con supuestos previos a 2023.

Uno. Planes integrados con la pensión del IMSS. Muchos planes privados mexicanos están diseñados como beneficio total objetivo menos la pensión de seguridad social. Si el beneficio del IMSS mejora porque la cuenta individual recibe 15% en lugar de 6.5%, el complemento que paga la empresa se reduce, y con él la obligación por beneficios definidos. Un actuario que siga proyectando la pensión del IMSS con el esquema anterior está sobrestimando el pasivo de la compañía. La corrección no es cosmética: en planes integrados maduros puede mover la OBD en varios puntos porcentuales.

Dos. La hipótesis de jubilación. Las semanas de cotización requeridas bajaron de 1,250 a 750 en 2021 y suben 25 cada año hasta llegar a 1,000 en 2031. Eso cambia el momento en que un empleado puede acceder a una pensión y, por lo tanto, el decremento de jubilación que alimenta el método de crédito unitario proyectado. Donde la elegibilidad del plan privado está amarrada a la del IMSS, la hipótesis se movió sin que nadie la revisara. Vale la pena leerla junto con las demás hipótesis demográficas.

Tres. La decisión de fondeo. El aumento de la cuota patronal compite por el mismo peso que el fondeo del plan privado. Antes de recortar aportaciones al fideicomiso conviene comparar el costo fiscal real de cada peso: las aportaciones a un fondo de pensiones registrado ante la CONSAR tienen un tratamiento de deducibilidad que la cuota del IMSS no replica, y la decisión de dejar de fondear casi siempre sale más cara a diez años.

Qué revisar antes del próximo cierre

Si quieres una primera estimación del orden de magnitud de tu obligación antes de pedir un estudio formal, empieza con la calculadora de pasivo laboral y después revisa los costos de una valuación actuarial.

Fuentes

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Act. Francisco Javier Ruiz de la Peña Olea
Actuario Consultor Senior · Cédula 9748888 · AMAC · CONSAR R-2024 · Cumplimiento ISAP 1/2/3 de la IAA. Especialista en valuación de pasivos laborales bajo NIF D-3, IAS 19 y US GAAP.

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Act. Francisco Javier Ruiz de la Peña Olea

Actuario consultor · Cédula profesional 9748888 · AMAC · Registro CONSAR CNSAR/VJ/DGNC/RA/124/2018/R-2024

Director de Grupo Pensar. Más de 250 valuaciones actuariales de pasivos laborales entregadas bajo NIF D-3, IAS 19 y US GAAP ASC 712/715, con cumplimiento ISAP 1/2/3 de la IAA.

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